La presidenta encargada de Venezuela promulgó la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, que concede amnistía general a personas involucradas en hechos políticos desde 1999, en un intento de avanzar hacia la reconciliación nacional.
Caracas, Venezuela. – La presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, sancionó este jueves la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional en una jornada histórica que busca avanzar hacia la reconciliación y la convivencia pacífica en el país suramericano.
Rodríguez afirmó que la normativa busca “reparar las heridas que ha dejado la confrontación política desde la violencia y el extremismo” y servir como un instrumento para reencauzar la justicia y fortalecer la convivencia entre los venezolanos.
La ley concede una amnistía general y plena a las personas procesadas o condenadas por delitos políticos o conexos ocurridos desde el 1 de enero de 1999 hasta el 30 de enero de 2026, abarcando episodios de crisis política, protestas y enfrentamientos que han marcado la historia reciente de Venezuela.
La presidenta encargada instruyó a las autoridades pertinentes la revisión de casos no contemplados inicialmente en la norma, con el objetivo de asegurar que el proceso contribuya efectivamente a la convivencia democrática y a la justicia nacional.
No obstante, la ley excluye de la amnistía delitos graves como violaciones de derechos humanos, homicidio, narcotráfico y corrupción, y también limita su alcance respecto a personas implicadas en acciones armadas o violentas.
La promulgación se da en medio de un contexto político dinámico, tras la captura del expresidente Nicolás Maduro en enero de 2026 y un proceso de liberación gradual de personas consideradas presos políticos en meses recientes.
Esta legislación, una de las más significativas del año, ha generado reacciones mixtas tanto dentro como fuera de Venezuela, al tiempo que abre el debate sobre los mecanismos para lograr una paz duradera y un ambiente político más incluyente.


















