Santo Domingo. – El Servicio Nacional de Salud (SNS) y La Contraloría General de la República (CGR) suscribieron este martes un acuerdo de colaboración para la implementación de programas de sostenibilidad y responsabilidad social en beneficio de la ciudadanía.
Ambas entidades acordaron coordinar y promover jornadas de prevención y control de enfermedades dirigidas a colaboradores de la Contraloría, desarrollar campañas y jornadas interinstitucionales de protección ambiental.
La presente alianza dispone, además, que la Contraloría imparta charlas sobre Normas Básicas de Control Interno (Nobaci), además de capacitaciones relativas al Control Interno y la coordinación de jornadas de compensación ambiental con el SNS.
El contralor Félix Santana García y el doctor Mario Lama, director del Servicio Nacional de Salud, firmaron el convenio. El titular del SNS agradeció el interés del contralor Félix Santana para la materialización del acuerdo que permitirá al personal de la institución que dirige, continuar capacitándose y fortaleciéndose.
Asimismo, el doctor Lama indicó que el SNS tiene el compromiso de promover la salud e incentivar a una vida saludable, por lo que el acuerdo igualmente permitirá que los colaboradores de la Contraloría puedan acceder a servicios y jornadas de promoción y prevención.
«Haremos jornadas de prevención de muchas enfermedades no transmisibles como cáncer de mama, próstata y cérvicouterino, también capacitaremos sobre intervenciones que son necesarias saber como reanimación y primeros auxilios, entre otras», expresó Lama.
«Este acuerdo refleja nuestro compromiso de trabajar en conjunto para promover la salud, la transparencia y la protección del medio ambiente, pilares fundamentales para el desarrollo de nuestra sociedad. A su vez, es un paso de avance en el interés de alcanzar objetivos comunes en beneficio de la ciudadanía», precisó Santana García, Contralor General.
El convenio coordinado por las áreas de Sostenibilidad y Responsabilidad Social de las direcciones de Comunicación de las entidades firmantes, no establece dependencia ni subordinación alguna entre las partes.
Las acciones que se ejecuten deberán respetar las competencias y campos específicos de acción de cada una.