Este viernes vence el plazo otorgado por la Junta Central Electoral para que los partidos políticos retiren las vallas, afiches y propaganda de los espacios públicos.
La advertencia fue hecha en un comunicado de admonición, firmado por el Pleno de la Junta, en el que advertían a las organizaciones políticas las medidas que se tomarían en su contra en caso de hacer caso omiso.
Desde que se dio a conocer el comunicado, los principales partidos de oposición han rechazado acatar las disposiciones de la Junta, alegando que ésta actúa por presiones del oficialismo.
La admonición de la JCE señala que, en caso de no cumplir con lo que se le ordena, se "impondrán las medidas cautelares pertinentes e impondrá las sanciones administrativas previstas por la legislación dominicana".
Este órgano ordenó a los partidos parar en lo inmediato los actos proselitistas hasta que sea abierto el período de campaña electoral, acción que recibió el rechazo de esas organizaciones por considerar que se les vulnera los derechos.
Los partidos acusaron a la JCE de actuar fuera de la ley puesto que el marco que utilizan como referencia para hacer cumplimiento del comunicado el Tribunal Superior Administrativo y el Tribunal Constitucional han declarado anulados varios de los numerales del artículo 44 por considerarlos violatorios.
Ante esto, los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Fuerza del Pueblo (FP) y Revolucionario Dominicano (PRD) se unieron y depositaron ante la JCE una instancia contra el comunicado de admonición.
Mostraron su preocupación en torno al comunicado y manifestaron que con estas acciones la JCE pierde credibilidad.
Realizará revisión
El presidente de la JCE, Román Jáquez Liranzo, dijo que tras recibir comunicaciones de los partidos y de precandidatos a puestos de elección popular estarán revisando las sentencias del Tribunal Constitucional y ver el impacto de estas tienen sobre la declaratoria de inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley 33-18.
"La JCE oportunamente responderá y analizará desde luego, porque somos respetuoso del poder jurisdiccional y nuestra función es hacer respetar la Constitución, las leyes y la sentencias que se nos vinculan", expresó.
Comunicado MAP
De cara a las elecciones del 2024 tanto el Ministerio de Administración Pública (MAP), como la Junta Central Electoral (JCE), han emitido resoluciones y circulares en torno a la participación de los funcionarios en la campaña política.
A través de la circular No. 013657 el MAP se refirió a la participación de los funcionarios y servidores públicos con aspiraciones a puestos de elección popular, donde el principal llamado se hace a las oficinas de recursos humanos para que realicen los movimientos a nivel interno y se les conceda licencia sin disfrute de sueldo a estos.
De acuerdo a lo establecido en la ley 20-23, Orgánica de Régimen Electoral en su artículo 145, todos los funcionarios públicos de los organismos autónomos y los ayuntamientos que se postulen a cargos de elección popular y le sea aceptada su candidatura por la JCE deberán tomar una licencia de sus funciones.
El llamado del MAP va dirigido específicamente a los ministros, la Contraloría General, Consultor Jurídico, directores generales y nacionales, administradores y subadministradores de los órganos y entes descentralizados.
"En virtud de este mandato legal, es obligatorio para todos funcionarios o servidor público de los organismos autónomos y descentralizados del Estado y los gobiernos locales, salvo los que ya ocupen algún cargo electivo, informar de manera inmediata a los responsables de las oficinas de recursos humanos de sus respectivas instituciones, sobre su postulación a algún cargo electivo, así como la eventual aceptación de su candidatura por parte de la JCE o la junta electoral correspondiente, de forma que quede informado de su suspensión sin disfrute de sueldo, lo cual operará de manera automática", establece la circular.
De estas disposiciones están exentos los diputados, senadores y el presidente por ser funcionarios que ocupan cargos electivos.
Las licencias entrarán en vigencia en los plazos del 26 de noviembre del 2023 y hasta el 19 de febrero del 2024, para los niveles municipales; y desde el 10 de marzo del 2024 y hasta el 20 de mayo del 2024, para el nivel presidencial.