La Junta Central Electoral (JCE), emitió este viernes una resolución sobre cambios de residencia, cierre de inscripciones y empadronamientos en el exterior de cara a las elecciones ordinarias de 2024.
A través de la resolución 54-2023, el organismo comicial dispuso que el 21 de octubre a las 7:00 pm sea la fecha límite para la realización de servicios administrativos relativos a las solicitudes de nuevas inscripciones, cambios de datos mayores o menores, cambios de residencia, cambio de civil a militar y renovación con cambios mayores o mayores.
Así como también, la renovación de documentos de identificación y electoral anteriores, naturalizaciones y renuncias a la ciudadanía dominicana.
De igual modo, se establece, que sea la fecha límite de suspensión para fines electorales de las inscripciones en el registro electoral para producir un cierre definitivo en el Padrón Electoral de las elecciones municipales del 18 de febrero de 2024.
Mediante la resolución, el organismo reconoció el derecho que tienen los ciudadanos de realizar los cambios que requiera su documento de Identidad y electoral en cuanto a la residencia, aportando los documentos correspondientes para comprobar la información.
De comprobarse al movimiento irregular de ciudadanos entre una misma provincia, entre varias provincias o un municipio y otro, en determinación de procurar el beneficio candidaturas municipales o congresionales, se procederá con la anulación del cambio solicitado sea este aprobado o no, y se perseguirá de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación vigente.
La resolución también establece que aquellos ciudadanos y ciudadanas residentes en el exterior que deseen votar en las ciudades donde se encuentran radicados, podrán obtener los servicios de registro civil y cedulación correspondientes con la finalidad de completar su inscripción en la lista de electores del exterior.
En las Elecciones Generales Ordinarias Presidenciales y Congresionales del 19 de mayo de 2024, el organismo comicial dispuso que los ciudadanos y ciudadanas que se hayan empadronado para votar en el exterior lo harán en aquellos colegios electorales creados por la Junta Central Electoral a tales fines.