El cirujano plástico José del Carmen Desena Montero fue arrestado en el Distrito Nacional para cumplir una condena de un año de prisión por homicidio involuntario en perjuicio de una paciente, tras revocársele la suspensión condicional de la pena.
La Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec) del Ministerio Público, encabezada por la fiscal Andry De Los Santos, ejecutó la orden de captura contra Desena Montero amparada en la Resolución 249-01-2026-SAUT-00631, emitida por la jueza suplente Emely Milagros Bruno Almonte del Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional. El cirujano deberá cumplir su condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres (CCR-XVII), ubicado en la provincia San Cristóbal.
La condena y su origen
Desena Montero fue sentenciado a un año de prisión mediante la Sentencia núm. 046-2025-SSEN-00145, dictada el 17 de septiembre de 2025 por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. El tribunal determinó que el médico violó el artículo 319 del antiguo Código Penal dominicano, que sanciona el homicidio involuntario, en perjuicio de una paciente que falleció bajo su atención.
En un primer momento, la condena fue impuesta de manera suspendida, lo que le permitió al cirujano permanecer en libertad bajo un conjunto de condiciones establecidas por el Tribunal de Ejecución de la Pena. Esta modalidad, prevista en el ordenamiento procesal penal dominicano, busca favorecer la reinserción social cuando las circunstancias del caso lo permiten.
Incumplimiento de las reglas de la suspensión
Sin embargo, Desena Montero incumplió las reglas impuestas durante el período de suspensión. Según la resolución judicial, las condiciones incluían residir en el domicilio declarado ante el tribunal, abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas en exceso, no portar ni tener armas, asistir a tres charlas coordinadas por el Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional y pagar una multa de RD$100.00 en favor del Estado.
Ante el incumplimiento de estas obligaciones, el tribunal emitió la Resolución núm. 249-01-2026-SRES00615 el 18 de junio de 2026, que revocó la suspensión condicional y ordenó el ingreso inmediato del condenado al recinto carcelario de Najayo para el cumplimiento íntegro de la pena de un año de prisión.
Daño a la confianza ciudadana y a la clase médica
El caso pone en evidencia el impacto que conductas negligentes dentro del ejercicio de la medicina tienen tanto en las víctimas directas y sus familias como en la credibilidad de la profesión médica en su conjunto. La muerte de una paciente durante o tras un procedimiento quirúrgico no solo representa una tragedia irreparable para su entorno, sino que erosiona la confianza de la ciudadanía en el sistema de salud.
Para la clase médica dominicana, casos como este subrayan la importancia de la responsabilidad profesional y del cumplimiento de los estándares clínicos y éticos que rigen la práctica quirúrgica. Las consecuencias penales derivadas de la mala praxis refuerzan la necesidad de que los galenos actúen con la diligencia que la ley y la ética exigen.
Presentación ante el tribunal tras el arresto
La resolución judicial establece que, luego de producido el arresto, Desena Montero deberá ser presentado ante el Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional para dar cumplimiento formal a la sentencia condenatoria. La Ucaprec, unidad especializada del Ministerio Público en la captura de prófugos, rebeldes y condenados, fue la instancia encargada de ejecutar la orden.
Con este arresto, el Ministerio Público reafirma la persecución del cumplimiento efectivo de las sentencias condenatorias, incluso en casos donde los penados han incumplido los beneficios procesales que les fueron concedidos.
















