La cesantía laboral puede y debe entenderse como parte de la seguridad social
Se trata de un derecho adquirido con sentido social
Por Edwin DeLaCruz
En la discusión laboral dominicana se escucha con frecuencia la expresión derecho adquirido, especialmente cuando se aborda el tema de la cesantía laboral. Sin embargo, más allá de su uso reiterado, conviene detenerse a reflexionar sobre su verdadero alcance y su importancia dentro del sistema de protección social.
Un derecho adquirido es aquel que ha sido obtenido conforme a la ley y que se incorpora de manera definitiva al patrimonio jurídico de una persona. No se trata de una expectativa ni de una concesión circunstancial, sino de una garantía que ofrece estabilidad y seguridad frente a posibles arbitrariedades. En el ámbito laboral, estos derechos se construyen con el tiempo, el esfuerzo y la continuidad en el trabajo.
En la República Dominicana, la cesantía está consagrada en el Código de Trabajo como una obligación legal del empleador y un derecho del trabajador cuando la relación laboral termina sin responsabilidad de este. Representa el reconocimiento del valor del tiempo servido y del aporte realizado al desarrollo productivo de la empresa y del país.
No obstante, la cesantía no debe verse únicamente como una compensación económica. La pérdida del empleo constituye una de las contingencias sociales más sensibles, pues impacta de forma directa la estabilidad económica, emocional y familiar del trabajador. En ese contexto, la cesantía cumple una función claramente protectora: permite enfrentar el período de desempleo con un mínimo de respaldo y previsibilidad.
Desde esta perspectiva, la cesantía puede y debe entenderse como parte de la seguridad social. Su finalidad es amortiguar el impacto del desempleo y preservar la dignidad del trabajador en un momento de vulnerabilidad. Reconocerla como tal no altera su naturaleza jurídica, sino que reafirma su sentido social y su rol dentro de un sistema de protección integral.
Defender la cesantía es defender un derecho adquirido y, al mismo tiempo, una expresión concreta de justicia social. Es afirmar que el trabajo no solo genera ingresos, sino también derechos que deben proteger a la persona incluso cuando la relación laboral llega a su fin.











