El presidente Luis Abinader ordenó la implementación de una amplia política de ahorro y eficiencia energética en todos los órganos de la Administración Pública que se encuentran bajo la dependencia del Poder Ejecutivo.
Medida el decreto 158-23, el Poder Ejecutivo dispuso obligaciones para los pequeños y grandes consumidores estatales de energía eléctrica y la creación de un gestor energético para analizar y proponer los programas de ahorro de energía.
Gestor energético
La función del Gestor Energético será supervisar el uso eficiente y responsable de la energía eléctrica en las instalaciones de su institución y promover el ahorro energético. Para cumplir con estas responsabilidades, deberá llevar a cabo, entre otras, las siguientes actividades:
a) Realizar un inventario de los equipos y procesos eléctricos de la institución.
b) Identificar los principales consumidores de energía eléctrica y proponer medidas para optimizar su uso.
c) Coordinar y promover la ejecución de proyectos de eficiencia energética.
d) Realizar capacitaciones y sensibilización del personal en temas de ahorro y eficiencia energética.
e) Monitorear los consumos de energía eléctrica y generar reportes periódicos para la toma de decisiones.
Alumbrado público
El Ejecutivo dispuso que en todo sistema de alumbrado público a ser instalado por instituciones debe usar luminarias que incorporen tecnología LED (Light Emiting Diodes) o cualquier otro sistema libre de mercurio que garantice la máxima eficiencia. También se deberá primer la instalación de luminarias autosuficientes desde el punto de vista estratégica.
Transporte personal
El decreto 158-23 también dispuso que el servicio de transporte de personal, ya sea mediante vehículos propios de la institución o servicios de transporte contratados, deben ajustarse al criterio de transporte colectivo masivo y prohibió la utilización de vehículos con capacidad para menos de 5 pasajeros simultáneamente.
Campaña nacional
El presidente Abinader mandó en la orden ejecutiva que el Ministerio de Energía y Minas, en colaboración con sus instituciones adscritas, empresas distribuidoras de propiedad estatal y agentes del mercado eléctrico mayorista de propiedad estatal, diseñará una campaña que fomente la concienciación ciudadana acerca de los beneficios y la necesidad de adoptar una cultura de ahorro y eficiencia energética en la República Dominicana.
La ejecución de esta campaña será financiada por las entidades mencionadas en este artículo, según su disponibilidad presupuestaria.
Se ordenó la creación de una mesa de trabajo conformada por el Ministerio de Energía y Minas (MEM), el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT) y el Ministerio de Educación (MINERD), para evaluar la viabilidad de inclusión de conocimientos en materia de ahorro y eficiencia energética en el pensum escolar y universitario.
”La meta de ahorno y eficiencia energética debe formar parte de los planes estratégicos y operativos de todas las instituciones o consumidores descritos en el artículo 2 del presente decreto, con sus respectivas partidas presupuestarias de acuerdo a los planes de ahorro y eficiencia energética definidos por cada institución”, señala el artículo 8.
Fuentes renovables
Con el objetivo de reducir la factura mensual de consumo eléctrico en las dependencias estatales y disminuir el uso de combustibles fósiles contaminantes en la producción de electricidad, se instruyó a las instituciones públicas a desarrollar y a aplicar un plan para la adquisición y utilización de paneles solares en la generación de energía fotovoltaica y en el funcionamiento de calentadores.