Una jueza federal de Nueva York anuló la política del secretario de Estado Marco Rubio que suspendía la emisión de visas de inmigrante a nacionales de 75 países, al determinar que excedía su autoridad legal. El fallo ordena revisar los casos denegados bajo esa medida.
La jueza de distrito Jeannette Vargas, designada durante la administración Biden y con sede en Nueva York, dejó sin efecto la política del Departamento de Estado y anuló las denegaciones de visa basadas exclusivamente en ella. En su opinión de 61 páginas, ordenó al gobierno revisar los casos afectados.
“El Tribunal sostiene que la política es contraria a la ley y fue emitida en exceso de la autoridad estatutaria del secretario Rubio”, escribió Vargas en su resolución.
En qué consistía la política cuestionada
El Departamento de Estado implementó la medida en enero, suspendiendo la emisión de visas de inmigrante a nacionales de 75 países considerados de alto riesgo de dependencia de beneficios públicos. La lista abarcaba naciones de África, América Latina, el Caribe, Europa del Este, el Sudeste Asiático y Medio Oriente.
Aunque la directiva permitía a los oficiales consulares evaluar cada solicitud de forma individual, los solicitantes que superaban esa revisión —incluso quienes presentaban evidencia adicional que superaba el rechazo por carga pública— seguían siendo denegados únicamente por pertenecer a uno de los 75 países designados.
“El resultado está predeterminado. La visa será rechazada”, señaló Vargas, al destacar que las determinaciones de los oficiales consulares resultaban irrelevantes bajo esa política.
La jueza califica el argumento del gobierno de ‘orwelliano’
La administración Trump defendió las denegaciones argumentando que eran legales porque los oficiales las emitían formalmente bajo la Sección 221(g) de la INA. Vargas rechazó ese razonamiento y señaló que el gobierno no identificó una disposición legal que autorizara negar una visa a un solicitante ya declarado elegible.
“El Gobierno incurre en lo que mejor puede describirse como un ejercicio de lógica orwelliana”, escribió la jueza. Vargas también determinó que la política establecía “distinciones perniciosas basadas en la nacionalidad”, en contravención de la prohibición de discriminación por nacionalidad en la emisión de visas de inmigrante que contiene la INA.
Además, la jueza rechazó el argumento de que la autoridad de los oficiales consulares se preservaba porque eran ellos quienes formalmente registraban las denegaciones. “El hecho de que el rechazo obligatorio de visas sea efectuado por el oficial consular no significa que su rol en el esquema estatutario no haya sido usurpado”, escribió.
Diferencias con el veto migratorio de 2018
Vargas distinguió esta política del fallo de la Corte Suprema de 2018 que avaló la restricción de viajes impuesta por Trump durante su primer mandato. En aquel caso, la autoridad presidencial sobre quién puede ingresar al país era el eje central; en el actual, el debate gira en torno a si el Departamento de Estado puede negar visas de inmigrante a solicitantes que de otro modo califican bajo la ley.
El fallo no invalida denegaciones de visa basadas en otros motivos de inelegibilidad independientes, pero sí anula los rechazos fundamentados exclusivamente en la congelación de los 75 países y devuelve esos casos al gobierno.
Quiénes impulsaron la demanda
La acción legal fue presentada por la Red Católica de Inmigración Legal (CLINIC, por sus siglas en inglés), la organización African Communities Together (ACT) con sede en Harlem, cinco inmigrantes con solicitudes de empleo pendientes y seis ciudadanos estadounidenses que buscaban reunirse con familiares. El Departamento de Estado no respondió a la solicitud de comentarios de medios antes del cierre de esta edición.










